Los matrones Alfonso M.C.M. y Carmen O.M. fueron condenados a tres meses de prisión, sufriendo además inhabilitación especial para ejercer la profesión por el término de un año y un dÃa, al ser encontrados culpables del delito de aborto por imprudencia que en el 2005 causara la muerte de un feto durante el parto.
11 de septiembre 2009
El 25 de mayo de 2005, MarÃa Isabel Guinea ingresaba al Hospital Virgen del RocÃo con un embarazo de 40 semanas y sufriendo fuertes contracciones.
Estaban en la guardia los matrones Alfonso y Carmen, quienes habÃan convenido que el hombre dormirÃa de 12 a 4 horas y la mujer de 4 a 8 horas. A las 23 horas se le administró a MarÃa Isabel la droga oxitocina y la anestesia epidural.
Cerca de las 2:10h de la madrugada los registros cardiológicos mostraron malestar fetal, y pese a varios avisos de los monitores, que seguÃan indicando el sufrimiento fetal, además, del hecho que la parturienta tenÃa una dilatación completa, ni Carmen primero ni Alfonso posteriormente dieron aviso a los ginecólogos. Al ser llevada al paritorio la matrona de paritorio no percibió señales del feto y dio aviso al ginecólogo que procedió al parto extrayendo al bebé ya sin vida.
Purificación Hernández Peña, jueza de lo Penal 7 de Sevilla, además de la condena de prisión e inhabilitación también estableció que los matrones deberán indemnizar en la suma de 90.000 euros al matrimonio formado por MarÃa Isabel y Jesús del Castillo, para cubrir el daño moral ocasionado por la muerte de la que hubiera sido su primogénita.
Fuente: ABC