Hoy en día, multitud de mujeres, hombres y parejas tienen criopreservadas muestras biológicas como óvulos, espermatozoides y embriones en clínicas de reproducción asistida a la espera de hacer uso de ellas con un fin reproductivo.
Todas estas muestras pueden permanecer almacenadas en tanques de nitrógeno líquido por "tiempo ilimitado" mientras dure la vida fértil de la persona, es decir, una mujer que congeló sus óvulos con 20 años podría utilizarlos a los 40 años para tener un hijo.
Sin embargo, ¿qué pasa si la persona cambia de ciudad o quiere cambiar de centro? En este artículo, hablamos sobre el traslado de embriones, óvulos y semen de una a otra clínica de fertilidad.
A continuación tienes un índice con los 7 puntos que vamos a tratar en este artículo.
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¿Qué dice la ley?
La legislación española establece que se pueden trasladar embriones, óvulos y semen congelados de una clínica a otra, tanto dentro de España como al extranjero. No obstante, deben cumplirse una serie de pautas para la correcta manipulación de estas muestras biológicas.
A continuación, vamos a comentar estos requisitos establecidos por la ley:
- La mujer, hombre o pareja son los responsables del destino de sus gametos y embriones congelados (Ley 14/2006). Esto quiere decir que ningún centro puede negarse a realizar su traslado.
- El centro receptor de las muestras biológicas debe estar autorizado por las autoridades sanitarias correspondientes (Real Decreto 413/1996 y normativas de las distintas Comunidades Autónomas).
- Los responsables de los gametos y los embriones congelados tienen que autorizar el traslado de información personal (historias clínica, serologías, calidad embrionarias, etc.) de una clínica a otra con el fin de cumplir con la Ley de Protección de Datos (LOPD).
- El centro de origen de las muestras biológicas debe adoptar las medidas necesarias para que la información personal quede protegida durante el traslado si éste lo realizan terceras partes (Ley 3/2018).
- El centro receptor debe identificarse y emitir acuse de recepción para completar la trazabilidad (posibilidad de localizar e identificar las muestras biológicas durante todos los pasos del proceso) a la que ambos centros están obligados (Real Decreto 1301/2006).
- El traslado a otro país de gametos o embriones congelados con el fin de llevar a cabo una técnica ilegal en España está prohibido (artículo 6.4. del Código Civil). Este sería el caso de la gestación subrogada.
Cabe destacar que bajo ningún concepto los pacientes pueden realizar dicho traslado por ellos mismos. Una compañía autorizada y certificada para el transporte de material biológico se encargará del envío.
En caso de que la distancia sea corta, el propio personal del centro de origen también podría realizar este traslado.
Pasos para el traslado de embriones
A pesar de que el procedimiento es prácticamente el mismo para trasladar óvulos, semen y embriones, en este apartado vamos a hacer referencia el transporte de embriones, ya que suele ser lo más común.
Notificación al centro de origen
Los pacientes son los responsables de notificar al centro donde están almacenados sus embriones su deseo de trasladarlos.
Por confidencialidad y cumplimiento de la LOPD, el centro de destino de los embriones no puede ser quien notifique al centro de origen que unos pacientes quieren trasladar sus embriones.
Además, la notificación para trasladar los embriones siempre debe hacerse por escrito y en ésta se especificará cuál es el centro receptor.
En caso de traslado de embriones a otro país, es imprescindible solicitar al Ministerio de Sanidad una autorización de exportación. Ésta suele resolverse en el plazo de 2-3 semanas, aunque los trámites pueden alargarse hasta dos meses.
Como hemos dicho en el apartado anterior, es importante tener en cuenta que no se permite el traslado de embriones para su uso en gestación subrogada, ya que es una técnica reproductiva no permitida en España. El traslado de embriones al extranjero sólo podrá realizarse para uso propio.
Gestión del traslado
Una vez realizada la notificación y firmadas todas las autorizaciones, el centro encargado de organizar el traslado de los embriones es el receptor, ya que éste es el que tiene interés por recibir los embriones de unos nuevos pacientes.
Normalmente, es el personal del laboratorio el encargado de gestionar todo el proceso y de comunicarse con el personal del laboratorio del centro emisor.
Tipo de contenedor
Normalmente, el centro receptor de los embriones también es el que aporta el contenedor adecuado para su transporte, ya que así se aseguran de que cumple con las mejores condiciones.
Se trata de una bombona especial cuyas paredes absorben el nitrógeno líquido, de manera que se mantienen las perfectas condiciones de frío y se evitan los derrames.
Por otra parte, las empresas especializadas en transporte de material biológico también disponen de estos contenedores especiales.
Transporte de los embriones
Con el fin de cumplir con los requisitos de seguridad y trazabilidad en el transporte de embriones, este procedimiento sólo puede llevarse a cabo por personal especializado que suele ser:
- Personal del propio centro de reproducción asistida, sobre todo si son distancias cortas.
- Transportistas especializados, en casos de trayectos más largos o de carácter internacional.
Como ya hemos indicado, los pacientes no pueden hacer cargo de este traslado por ellos mismos.
Documentación que acompaña al traslado
Junto con el contenedor de los embriones congelados, el centro emisor debe adjuntar una documentación en la que quede reflejada la siguiente información:
- Número de embriones congelados entregados.
- Estadio de desarrollo de los embriones y grado de calidad.
- Fecha de criopreservación de los embriones y protocolo utilizado.
- Origen de los gametos utilizados (propios o de donante).
- Serologías y resumen de la historia clínica de los pacientes. Esto es por si en el futuro los embriones pasaran a formar parte de un banco de embriones.
- Instrucciones para la descongelación de los embriones entregados.
Comprobación del material entregado
Una vez recibido el contenedor con los embriones congelados en el centro de destino, es importante que el personal del laboratorio compruebe el contenido y que no ha habido daños durante el transporte.
Este procedimiento debe llevarse a cabo en el propio laboratorio de embriología bajo las condiciones adecuadas y, a continuación, se procede al cambio de ubicación de las pajuelas con los embriones del contenedor al tanque final.
Traspaso de la custodia
Durante el traslado de los embriones, ya sea a nivel nacional o internacional, se realiza un traspaso de la custodia de los embriones, es decir, de la responsabilidad sobre ellos.
Esto supone que el centro de origen, tras comprobar que el contenedor y las muestras están en condiciones adecuadas y con la documentación en regla, deja de tener la responsabilidad de los embriones. En este momento, la compañía de trasportes, tras firmar su recepción, será la responsable de ellos y de cualquier suceso que tenga lugar hasta que se entreguen en el centro de destino.
Por último, una vez el transportista entrega el contenedor al centro receptor y recibe la firma de aceptación, la clínica de destino será la responsable de los embriones.
¿Se hace igual el traslado de óvulos y semen?
Como hemos dicho, el procedimiento en cuanto a burocracia y pasos a seguir es prácticamente el mismo para el transporte de óvulos, espermatozoides y embriones.
En todos los casos es imprescindible que se haga por personal especializado, en un recipiente especial perfectamente etiquetado y con la documentación en regla.
No obstante, pueden haber pequeñas diferencias referentes al tipo de contenedor utilizado, ya que los métodos de criopreservación del semen son diferentes a los de los óvulos y embriones:
- Transporte de óvulos y embriones
- es necesario hacerlo con una bombona de nitrógeno líquido, ya que estas muestras biológicas suelen estar vitrificadas y son muy sensibles a los cambios de temperatura.
- Transporte de semen
- también puede realizarse en un contenedor con nieve carbónica o hielo seco.
Sin embargo, lo más recomendable es utilizar la bombona de nitrógeno líquido en todos los casos, ya que control de la temperatura es mejor y dura más tiempo.
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Preguntas de los usuarios
¿Puedo transportar mis embriones de la Seguridad Social a un centro privado? ¿Cómo?
Sí, es posible trasladar los embriones que se han generado y congelado tras un ciclo de fecundación in vitro en la seguridad social a un centro de reproducción privado.
Para realizar dicho traslado es importante hablar con la clínica de destino de los embriones, quienes indicarán cómo proceder con el traslado. Normalmente es un proceso que se realiza internamente entre los equipos de laboratorio de ambos centros. El paciente tendrá que firmar la documentación necesaria para dicho traslado y el centro de reproducción privado es el que suele asumir los costes del mismo.
Pacientes que han sido sometidos a varias transferencias y no han conseguido el embarazo, pueden trasladar los embriones a otro centro que les ofrezca otras técnicas con más garantías para conseguir el éxito.
¿Por qué hay parejas que deciden trasladar sus embriones a otra clínica?
Existen varios motivos por los que una mujer o pareja toma la decisión de trasladar sus embriones a otro centro. Los comentamos a continuación:
- Cambio de domicilio de una ciudad a otra
- Descontento con la clínica de fertilidad que generó los embriones
- Cambio a una nueva clínica con mayores tasas de éxito
- Cambio de la Seguridad Social a una clínica privada
Además, en los tratamientos de fertilidad con gametos o embriones donados, también es posible que haya un transporte de óvulos, semen o embriones de banco si la clínica responsable del tratamiento no dispone de éstos.
Por ejemplo, cuando se lleva a cabo un tratamiento con semen de donante en la Seguridad Social, es necesario comprar una muestra de semen en un banco privado, la cual es transportada hasta el hospital donde vaya a realizarse.
¿El transporte de embriones a otro centro conlleva algún riesgo?
Los embriones, óvulos y espermatozoides son muestras biológicas muy sensibles. El traslado supone sacarlos del banco donde están congelados en la clínica, introducirlos en el contenedor de transporte y finalmente pasarlos de dicho contenedor al banco del centro de destino. Este traspaso de un recipiente a otro puede reducir su supervivencia.
Por otro lado, podría ocurrir que se pierda nitrógeno líquido durante el transporte. Esto supondría la subida de temperatura y por tanto podría verse afectada su supervivencia.
Así pues, se debe tener en cuenta que durante el transporte se podrían dañar las muestras a pesar de todas las medidas que se llevan a cabo para evitar que esto ocurra.
¿Puedo llevar conmigo los embriones congelados?
No, la legislación española no permite el traslado por personal no autorizado. Deberá hacerlo una empresa de transportes certificada y autorizada para el traslado de muestras biológicas o, si la distancia es muy corta, el personal del centro de origen directamente hasta el centro de destino.
¿Qué pasa si se ha dañado el contenido de la bombona en el transporte?
En caso de que al llegar al centro de destino se compruebe que existe algún deterioro del material biológico o de la bombona de transporte, se debe dejar constancia por escrito del problema. El responsable de cualquier suceso que ocurra durante el envío es el transportista o la compañía encargada, por lo que habría que pedir responsabilidad civil.
Lectura recomendada
Los pacientes que solicitan el traslado de gametos o embriones son aquellos que, por diferentes motivos, necesitan cambiar de centro reproductivo para llevar a cabo un tratamiento de fertilidad. Si este es tu caso, puede que te interese leer el siguiente artículo para más información: ¿Cómo elegir la mejor clínica de reproducción asistida?
Además, también es posible que te interese conocer cómo es el procedimiento para transferir estos embriones criopreservados. Tienes toda esta información en el siguiente post: Transferencia de embriones congelados.
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Bibliografía
Grossmann M, Hurtado de Mendoza MV, Boada M y Pons MC. Embriones humanos criopreservados: traslado entre centros de reproducción asistida. Rev Asoc Est Biol Rep Junio 2012 Vol. 17 Nº 1 (ver)
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. «BOE» núm. 294, de 6 de diciembre de 2018. Referencia: BOE-A-2018-16673. (ver)
Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida. «BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2006 Referencia: BOE-A-2006-9292. (ver)
Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos. «BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 2006, Referencia: BOE-A-2006-19625. (ver)
Material gráfico facilitado por Ovoclinic Madrid
Preguntas de los usuarios: '¿Puedo transportar mis embriones de la Seguridad Social a un centro privado? ¿Cómo?', '¿Por qué hay parejas que deciden trasladar sus embriones a otra clínica?', '¿El transporte de embriones a otro centro conlleva algún riesgo?', '¿Puedo llevar conmigo los embriones congelados?' y '¿Qué pasa si se ha dañado el contenido de la bombona en el transporte?'.
Buenas, tengo una duda. Yo tuve una hija mediante FIV por la Seguridad Social hace dos años y nos quedaron dos embriones congelados. Mi duda es si necesito trasladar estos embriones a una clínica privada para hacerme una próxima transferencia, o si me la harían en la Seguridad Social a pesar de haber tenido ya una hija. Muchas gracias.
Hola Amor_inc,
Si tienes embriones congelados en la Seguridad Social de un ciclo anterior de FIV, puedes realizar criotransferencias hasta que éstos se agoten. Por tanto, no es necesario que traslades los embriones a un centro privado.
Si no consiguieras el embarazo con estas transferencias, sí que tendrías que recurrir a una clínica de reproducción asistida privada para un nuevo ciclo de FIV, ya que éste no lo cubriría la Seguridad Social por tener ya una hija.
Espero haber resuelto tu duda.
Un saludo