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En las técnicas de reproducción asistida, ¿pueden haber consecuencias jurídicas por transferir más de 3 embriones?

Por Marta Barranquero Gómez (embrióloga).
Última actualización: 11/03/2025

Sí. La legislación española únicamente permite la transferencia de un máximo de 3 embriones. Por tanto, la transferencia de un número superior a 3 embriones en un ciclo reproductivo se considera una infracción grave por incumplimiento de la ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción asistida.

En caso de que esto ocurriera, la sanción por esta práctica sería pagar una multa que oscila entre los 1.000€ y los 10.000€ según el Boletín Oficial del Estado (BOE).

No eres un porcentaje estadístico, eres un caso único.

Las tasas de éxito que publican las clínicas son medias. La tuya depende de tu edad, tu reserva ovárica, del tratamiento que elijas y de si hay endometriosis, SOP o factor masculino.

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Puedes leer el artículo completo en: Las técnicas de reproducción asistida: diferencias y complejidad ( 941).
 Marta Barranquero Gómez
Marta Barranquero Gómez
Embrióloga
Graduada en Bioquímica y Ciencias Biomédicas por la Universidad de Valencia (UV) y especializada en Reproducción Asistida por la Universidad de Alcalá de Henares (UAH) en colaboración con Ginefiv y en Genética Clínica por la Universidad de Alcalá de Henares (UAH).
Número de colegiada: 3316-CV
Embrióloga. Graduada en Bioquímica y Ciencias Biomédicas por la Universidad de Valencia (UV) y especializada en Reproducción Asistida por la Universidad de Alcalá de Henares (UAH) en colaboración con Ginefiv y en Genética Clínica por la Universidad de Alcalá de Henares (UAH). Número de colegiada: 3316-CV.