La gestación subrogada no es un tratamiento reproductivo permitido en España tal y como lo recoge el artículo 10 de la Ley de Reproducción Asistida española 14/2006:
El contrato de gestación subrogada entre la gestante y los padres de intención es nulo y la maternidad será adjudicada por el parto.
Puedes leer el artículo completo en: Turismo reproductivo para conseguir el embarazo ( 107).

Marta Barranquero Gómez
Graduada en Bioquímica y Ciencias Biomédicas por la Universidad de Valencia (UV) y especializada en Reproducción Asistida por la Universidad de Alcalá de Henares (UAH) en colaboración con Ginefiv y en Genética Clínica por la Universidad de Alcalá de Henares (UAH).
Número de colegiada: 3316-CV