La Ley 14/20016 de Técnicas de Reproducción Asistida en España establece que tanto la donación de óvulos como de semen está permitida y se pueden utilizar por separado o a la vez en un tratamiento de reproducción asistida.
La ley establece las condiciones para admitir a un hombre y a una mujer como donantes (edad, pruebas médicas, etc.), así como las condiciones generales de la donación.
La donación tanto de óvulos como de semen debe ser anónima y de carácter altruista, por lo que la mujer receptora y su pareja no pueden conocer a los donantes ni tampoco se pueden comprar sus gametos. Sin embargo, sí que reciben una compensación económica por las molestias y el tiempo empleado.
Si quieres saber más sobre las condiciones para la donación de óvulos y semen accede a este artículo: La donación en reproducción asistida.
