En general, si el tratamiento de reproducción asistida se realiza en una clínica de fertilidad privada, el coste de los medicamentos no será subvencionado por el servicio público y, por tanto, no serán recetados por el médico de cabecera.
En cambio, si el tratamiento de fertilidad se lleva a cabo en la Seguridad Social, los fármacos hormonales sí que están cubiertos de manera total o parcial dependiendo de la Comunidad Autónoma.
Puedes leer el artículo completo en: Puregon 600 para tratamientos de reproducción asistida ( 116).

Marta Barranquero Gómez
Graduada en Bioquímica y Ciencias Biomédicas por la Universidad de Valencia (UV) y especializada en Reproducción Asistida por la Universidad de Alcalá de Henares (UAH) en colaboración con Ginefiv y en Genética Clínica por la Universidad de Alcalá de Henares (UAH).
Número de colegiada: 3316-CV