La donante debe firmar un consentimiento informado una vez recibida toda la información sobre los fines y consecuencias del acto. La donación de óvulos es anónima y la Ley 14/2006 garantiza esta confidencialidad. Sin embargo, los hijos nacidos por ovodonación tienen derecho a obtener información general de los donantes que no incluya su identidad. Además, esta ley incluye una excepción:
En circunstancias extraordinarias que comporten un peligro cierto para la vida o la salud del hijo o cuando proceda con arreglo a las Leyes procesales penales, podrá revelarse la identidad de los donantes, siempre que dicha revelación sea indispensable para evitar el peligro o para conseguir el fin legal propuesto.
Puedes leer el artículo completo en: Donación de óvulos: requisitos, procedimiento y compensación ( 763).
Puedes leer el artículo completo en: Riesgos y consecuencias de la donación de óvulos en las donantes ( 196).
Zaira Salvador
Licenciada en Biotecnología por la Universidad Politécnica de Valencia (UPV), Biotechnology degree en la National University of Ireland en Galway (NUIG) y embrióloga con el Máster en Biotecnología de la Reproducción Humana por la Universidad de Valencia en colaboración con el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI).
Número de colegiada: 3185-CV