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¿Qué se considera un reposo relativo en el embarazo?

Por Dra. Marita Espejo Catena (ginecóloga en Instituto FIVIR).
Última actualización: 26/11/2019

El embarazo es un estado natural en el que un nuevo ser se genera, crece y madura en el interior de una mujer. Aunque fisiológica, la gestación implica una sobrecarga para todas las estructuras de una embarazada y, a pesar de que el organismo tiene una capacidad asombrosa para adaptarse a esta nueva situación, hay patologías que pueden aparecer y con las que el médico obstetra puede recomendar algún tipo de reposo físico.

El reposo absoluto es un reposo total, la ausencia de actividad física e implica un reposo en cama.

El reposo relativo no es una medida tan drástica pero sí que implica reducir de manera notable los movimientos y esfuerzos. Aunque no es una indicación de inmovilidad absoluta, la embarazada debe asumir que todo aquello que suponga hacer fuerza debe ser evitado.

La duración en ambos casos puede ser variable y sólo bajo prescripción médica puede reanudarse una vida cotidiana normal.

Puedes leer el artículo completo en: ¿Cuándo está indicado el reposo absoluto en el embarazo? ( 194).
Dra. Marita Espejo Catena
Dra. Marita Espejo Catena
Ginecóloga en Instituto FIVIR
Licenciada en Medicina y Cirugía por la Universidad de Valencia en 1992. Especialista en Ginecología y Obstetricia. Doctora en Medicina por la Universidad de Valencia en el año 2000. Máster en Reproducción Humana Asistida por la Universidad Rey Juan Carlos e IVI en 2008. Actualmente, es la directora del Instituto FIVIR.
Número de colegiado: 464616497
Ginecóloga. Licenciada en Medicina y Cirugía por la Universidad de Valencia en 1992. Especialista en Ginecología y Obstetricia. Doctora en Medicina por la Universidad de Valencia en el año 2000. Máster en Reproducción Humana Asistida por la Universidad Rey Juan Carlos e IVI en 2008. Actualmente, es la directora del Instituto FIVIR. Número de colegiado: 464616497.