Hola,
Somos una pareja de 2 mujeres casadas en las que una ha estado en varios tratamientos FIV para quedarse embarazada con sus propios óvulos y tras varios negativos en el último FIV se analizan los embriones y su genética es correcta por lo que se sospecha que el problema puede estar en su útero. ¿Existe algún problema legal para que esos embriones que tenemos congelados cambien de destino y su receptora sea su esposa en vez de ella? En la clínica nos están poniendo pegas y nos gustaría conocer la legislación que regula este punto.
Gracias
18/12/2017 a las 20:39Hola garp,
En principio no existe ningún impedimento legal para hacer un ROPA con la situación que comentas. No obstante, hay algunas clínicas que no están completamente a favor de esta técnica. Mi recomendación es que preguntes en otra clínica la posibilidad de trasladar los embriones que ya tenéis para que los transfieran a la otra receptora.
Si necesitas asesoramiento en cuanto a clínicas, puedes usar esta herramienta: Informe de fertilidad. Está disponible para todos nuestros lectores con el objetivo de ayudarles a encontrar clínicas recomendadas en su zona que cumplen nuestros rigurosos criterios de calidad, una explicación detallada acerca de cómo es el tratamiento a llevar a cabo con un vídeo explicativo, consejos útiles y más.
Espero haberte ayudado.
Un saludo
20/12/2017 a las 9:52Gracias Zaira por tu respuesta
21/12/2017 a las 17:32
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