¿Cuál es el destino de los embriones sobrantes de una FIV?

Por (embriólogo clínico senior), (embrióloga), (embrióloga) y (embrióloga).
Actualizado el 17/02/2022

En la mayoría de los ciclos de fecundación in vitro (FIV), ya sea con óvulos propios o con ovodonación, hay embriones sobrantes al final del tratamiento. Esto se debe a la mejora de las técnicas de reproducción asistida y a la tendencia a transferir un único embrión al útero de la paciente.

Los embriones sobrantes de un tratamiento de reproducción asistida, si son de buena calidad, son vitrificados para preservarlos. El destino de estos embriones congelados depende tanto de la legislación que regula las técnicas de reproducción asistida en España (Ley 14/2006) como de la decisión de la propia pareja o paciente.

A continuación tienes un índice con los 8 puntos que vamos a tratar en este artículo.

¿Cuál es el origen de los embriones sobrantes?

Cuando una pareja se somete a un tratamiento reproductivo de fecundación in vitro (FIV), ya sea una FIV convencional o una microinyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI), se intenta conseguir el mayor número posible de embriones de buena calidad. El objetivo de esto es aumentar las probabilidades de éxito del ciclo.

No obstante, no es posible transferir al útero de la paciente en un único intento todos los embriones obtenidos en el ciclo. Los motivos principales son estos dos:

  • La ley española sobre las técnicas de reproducción humana asistida (Ley 14/2006) permite la transferencia de un máximo de 3 embriones.
  • La intención de evitar el embarazo múltiple. De este modo, se transferirá un único embrión siempre que sea posible, es decir, sin comprometer las probabilidades de éxito.

Debe tenerse en cuenta que la optimización de las técnicas de congelación embrionaria que ha tenido lugar en los últimos años hace que sea posible criopreservar los embriones sobrantes sin comprometer sus tasas de supervivencia. Además, también ha aumentado la calidad de los tratamientos y de las técnicas de selección embrionaria.

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Todos estos avances permiten realizar más transferencias de un único embrión sin disminuir las tasas de embarazo por ciclo de estimulación ovárica. Sin embargo, estas mejoras hacen, a su vez, que el número de embriones sobrantes sea cada vez mayor.

¿Cuántos embriones transferir?

La pareja o mujer soltera que se somete al tratamiento reproductivo es la que decide, junto a las recomendaciones médicas de los especialistas, el número de embriones que desea transferir. Actualmente, lo más común es que se transfieran uno o dos embriones por transferencia. Sólo en los casos con mal pronóstico se transfieren tres embriones.

En este aspecto, es importante que los especialistas informen de las ventajas, riesgos y efectos de transferir uno, dos o tres embriones en función de las características de la mujer y de la situación médica concreta.

Destino de los embriones humanos congelados

La elección del número de embriones a transferir no es la única decisión importante que se deberá tomar. También se debe decidir qué hacer con los embriones no transferidos.

En España, la criopreservación de los embriones está regulada por el artículo 11 de la Ley 14/2006. Entre otras cosas, este artículo indica:

Los preembriones sobrantes de la aplicación de las técnicas de fecundación in vitro que no sean transferidos a la mujer en un ciclo reproductivo podrán ser crioconservados en los bancos autorizados para ello.

La Ley 14/2006 también especifica las opciones que existen en lo que respecta al destino de los embriones sobrantes congelados:

  • Utilización propia, ya sea porque el primer intento ha fallado o porque se desea un segundo hijo. Esta opción permite realizar otra transferencia embrionaria sin necesidad de volver a pasar por la estimulación ovárica ni la punción folicular. De este modo, se evitan las etapas más molestas de los tratamientos de FIV.
  • Donación con fines reproductivos. Los pacientes, en este caso, deberán cumplir los mismos requisitos estipulados para los donantes. La pareja receptora realizará lo que se conoce como una adopción de embriones.
  • Donación con fines de investigación. La pareja será informada del proyecto concreto para el que se emplearán sus embriones y deberán firmar un consentimiento específico en el que conste el proyecto en cuestión.
  • Cese de su conservación sin otra utilización.

Esta última opción solo podrá efectuarse cuando los responsables médicos consideren que la mujer ya no reúne los requisitos adecuados para realizarse la técnica de reproducción asistida. Además, tal y como estipula la Ley, esto deberá dictaminarse por especialistas ajenos al centro en el que se conservan los embriones.

Renovación del consentimiento

Una vez el centro ha explicado detalladamente las cuatro alternativas posibles a la mujer o pareja progenitora, esta deberá firmar un consentimiento informado por el que autoriza el destino elegido. Este consentimiento se firma de manera previa al tratamiento de FIV, pero deberá ser renovado (o modificado para darle otro destino a los embriones) cada dos años como mínimo.

Es común que el primer destino elegido sea la crioconservación para el uso posterior por la propia mujer o pareja, ya sea por fallo del primer ciclo de FIV o por querer dar un hermano al hijo ya nacido. Sin embargo, tras varios años, es posible que la pareja o mujer decida cambiar el destino de los embriones criopreservados.

La donación de los preembriones para la adopción de los mismos por otras parejas suele ser una opción poco elegida. Además, el requisito de que la mujer no sobrepase los 35 años para poder donar es un impedimento, ya que la mayoría de pacientes que se someten a FIV superan esta edad.

Por otro lado, la donación con fines de investigación tampoco es muy popular. Lo cierto es que, actualmente, muchas parejas se desentienden de sus embriones y no responden a la renovación o modificación del consentimiento.

¿Qué pasa con los embriones abandonados en España?

Uno de los problemas que sufren actualmente las clínicas de reproducción asistida es que muchos pacientes con embriones congelados no renuevan su consentimiento. Esto supone que no comunican que desean continuar con el mantenimiento de estos embriones criopreservados ni indican un nuevo destino.

Si, tras dos renovaciones consecutivas, el centro donde los embriones están almacenados no consigue obtener la firma del consentimiento por parte de la mujer o pareja progenitora, y es capaz de demostrar las actuaciones llevadas a cabo para conseguir la renovación sin obtener respuesta, los embriones quedarán a disposición de la clínica.

Por tanto, en este caso, la clínica podrá elegir el destino de los embriones abandonados siempre y cuando mantenga las condiciones de confidencialidad y anonimato y la gratuidad.

Vídeo sobre el destino de los embriones sobrantes

Silvia Azaña, embrióloga de Reproducción Asistida ORG, nos resume en este vídeo cuáles son los posibles destinos para los embriones sobrantes de un ciclo de fecundación in vitro (FIV).

Silvia nos cuenta que:

En la mayoría de los ciclos de FIV, ya sea con óvulos propios o con ovodonación, existen embriones sobrantes después del tratamiento. Esto es debido a la mejora de las técnicas de reproducción asistida, así como a la tendencia a transferir un único embrión al útero de la paciente.

Preguntas de los usuarios

¿Qué son los embriones abandonados de un tratamiento de FIV?

Por Patricia Recuerda Tomás (embrióloga).

En las clínicas de Reproducción Asistida, cuando se realiza un tratamiento de FIV se obtiene un número de embriones que puede ser superior a los que la mujer o pareja necesite para conseguir el número de hijos que desee. Estos embriones se mantienen criopreservados en los bancos de las clínicas hasta que los pacientes decidan qué destino quiere darles, ya que no los van a necesitar.

Puede ocurrir que una mujer o pareja se desentienda del mantenimiento de sus embriones ignorando los requerimientos de renovación del destino que debe hacer la clínica cada 2 años como mínimo (se solicita de la mujer o de la pareja progenitora la renovación o modificación del consentimiento firmado). En ese caso estaríamos hablando de embriones abandonados.

La solución que la ley estableció para dar salida a estos embriones es que, si durante dos renovaciones consecutivas fuera imposible obtener de la mujer o de la pareja progenitora la firma del consentimiento correspondiente, y se pudieran demostrar de manera fehaciente las actuaciones llevadas a cabo con el fin de obtener dicha renovación sin obtener la respuesta requerida, los embriones quedarán a disposición de los centros en los que se encuentren crioconservados, que podrán destinarlos conforme a su criterio a cualquiera de los fines establecidos por la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, manteniendo las exigencias de confidencialidad y anonimato establecidas y la gratuidad y ausencia de ánimo de lucro.

¿Puedo saber a qué mujer o pareja van mis embriones en el caso de que los done para otros pacientes?

Por José Luis de Pablo (embriólogo clínico senior).

Una de las posibilidades dentro del Consentimiento Informado es la de donar vuestros embriones con fines reproductivos a otro paciente/s. Esos embriones pasan a formar parte del banco propio de Centro. La donación de embriones será por parte del Centro a la paciente/pareja receptora, a la que se le recuerda el carácter gratuito, secreto y anónimo de la donación de embriones y su naturaleza de acto voluntario, altruista y desinteresado. Igualmente, en vuestro caso, no podréis saber a quién han sido donados.

Si se realiza una inseminación artificial en lugar de una fecundación in vitro, ¿también hay embriones sobrantes?

Por Rebeca Reus (embrióloga).

No. En los tratamientos de reproducción asistida en los que se realiza una inseminación artificial, la fecundación ocurre en el útero de la mujer. Por tanto, ni se extraen los óvulos ni se generan embriones en el laboratorio.

¿Se consiguen mejores resultados con una segunda FIV que con la transferencia de los embriones congelados?

Por Rebeca Reus (embrióloga).

Uno de los factores que más influye en los resultados de los tratamientos de fecundación in vitro (FIV) es la calidad de los embriones.

Gracias a los avances en la criopreservación, actualmente podemos vitrificar (congelar) los embriones sin alterar su calidad.

Por tanto, si los embriones son de buena calidad, los resultados de la transferencia de embriones vitrificados (VET) son prácticamente iguales que si transferimos embriones en fresco de una segunda estimulación ovárica.

Sin embargo, hay que valorar que para la paciente es mucho más cómoda la transferencia de embriones congelados que tener que volver a pasar por la estimulación ovárica y la punción folicular. Por eso, lo más habitual es transferir todos los embriones criopreservados antes de iniciar otro ciclo de estimulación ovárica.

Lecturas recomendadas

Si quieres conocer más detalles sobre la Ley 14/2006, te recomendamos que leas el siguiente artículo: Ley 14/2006 de reproducción humana asistida en España

Por otra parte, si deseas saber en qué consiste la transferencia de los embriones congelados, puedes encontrar más información aquí: Transferencia de embriones congelados: ¿Cuál es la tasa de éxito?

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Bibliografía

Berrocal Lanzarot, A. I. (2007). Análisis de la nueva Ley 14/2006, de 26 de mayo sobre técnicas de reproducción humana asistida. Una primera aproximación a su contenido. Revista de la Escuela de Medicina Legal de la U.C.M.

Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida (CNRHA) (2015). Aspectos legales y éticos de la donación. En: Registro Nacional de Donantes de Gametos y Preembriones. Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social de España.

Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida. Jefatura del Estado «BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2006 Referencia: BOE-A-2006-9292. (ver)

Preguntas de los usuarios: '¿Qué son los embriones abandonados de un tratamiento de FIV?', '¿Puedo saber a qué mujer o pareja van mis embriones en el caso de que los done para otros pacientes?', 'Si se realiza una inseminación artificial en lugar de una fecundación in vitro, ¿también hay embriones sobrantes?' y '¿Se consiguen mejores resultados con una segunda FIV que con la transferencia de los embriones congelados?'.

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Autores y colaboradores

 José Luis de Pablo
José Luis de Pablo
Embriólogo Clínico Senior
Doble licenciatura en Biología y Bioquímica por la Universidad de Navarra. Máster sobre la base teórica y procedimientos de Laboratorio de Reproducción Asistida por la Universidad de Valencia. Título de Senior Clinical Embryologist por la ESHRE y certificación de ASEBIR en embriología clínica. Más de 15 años de experiencia dirigiendo laboratorios de fecundación in vitro. Más sobre José Luis de Pablo
 Patricia Recuerda Tomás
Patricia Recuerda Tomás
Embrióloga
Licenciada en Biología por la Universidad de Alcalá de Henares. Tiene un Máster sobre la Base Teórica y Procedimientos de Laboratorio de Reproducción Asistida por la Universidad de Valencia. Cuenta con una amplia experiencia en varios laboratorios de reproducción asistida. Más sobre Patricia Recuerda Tomás
Número de colegiado: 19882M
 Rebeca Reus
Rebeca Reus
Embrióloga
Graduada en Biología Humana (Biomedicina) por la Universitat Pompeu Fabra (UPF), con Máster Oficial en Laboratorio de Análisis Clínicos por la UPF y Máster sobre la Base Teórica y Procedimientos de Laboratorio de Reproducción Asistida por la Universidad de Valencia (UV). Más sobre Rebeca Reus
 Silvia Azaña Gutiérrez
Silvia Azaña Gutiérrez
Embrióloga
Graduada en Biología Sanitaria por la Universidad de Alcalá y especializada en Genética Clínica por la misma universidad. Máster en Biotecnología de la Reproducción Humana Asistida por la Universidad de Valencia en colaboración con el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI). Más sobre Silvia Azaña Gutiérrez
Número de colegiada: 3435-CV

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