¿Son compatibles el trabajo y el embarazo? ¿Hasta qué semana?

Por (embrióloga), (embrióloga), (embrióloga) y (embrióloga).
Actualizado el 28/08/2024

Son muchas las circunstancias por las que el embarazo y la vida laboral no son compatibles. En algunas ocasiones, la causa por la que no se recomienda trabajar durante la gestación viene del embarazo en sí. Un ejemplo de ello sería un embarazo de alto riesgo que requiere reposo.

Otras veces se aconseja estar sin trabajar durante la gestación puesto que el propio empleo puede afectar a la salud de la madre y/o del feto.

Por todo ello, cada situación se debe evaluar de manera personalizada para tomar la decisión más adecuada y evita riesgos en la gestación.

¿Puedo trabajar estando embarazada?

El embarazo no es considerado una enfermedad, pero es verdad que se trata de una situación de vulnerabilidad debido a los cambios fisiológicos. Cuando una mujer está embarazada es importante evaluar la carga de trabajo, es decir, el conjunto de requerimientos a nivel físico y mental que supone su puesto y su jornada laboral.

Si el puesto de trabajo requiere de un gran esfuerzo físico, es posible que el organismo materno se vea comprometido al igual que el desarrollo del feto.

Por el contrario, también existen situaciones en las que trabajo y embarazo son totalmente compatibles. De hecho, hay mujer mantiene su actividad hasta el momento del parto prácticamente.

Por tanto, el tipo de empleo que tenga la embarazada será clave a la hora de determinar si puede seguir trabajando y hasta qué momento de la gestación. Debe ser el médico que controla el embarazo el encargado de estudiar si hay un posible riesgo. Además, será él quien determine el momento adecuado de solicitar la baja laboral por embarazo.

¿Cuándo debo coger la baja de maternidad?

Si el trabajo que realiza la embarazada transcurre en un entorno seguro y su salud durante el embarazo es buena, la mujer podrá continuar su actividad laboral prácticamente hasta el final del embarazo. Algunas mujeres optan por reducir su ritmo de trabajo o realizar un cambio de actividades dentro de su puesto laboral.

En estos casos, lo más habitual es que la trabajadora embarazada solicite la baja laboral en torno a la semana 37 de gestación, pues el aumento de peso y los cambios fisiológicos pueden hacer que se sienta más cansada, irritable o incluso llegue a marearse o sentirse mal.

Sin embargo, ciertos estudios indican que las siguientes actividades pueden aumentar la probabilidad de parto prematuro, presión arterial elevada o bajo peso al nacer, siendo necesario coger la baja laboral antes:

  • Trabajos con gran desgaste físico.
  • Trabajos en los que se requiera levantar cosas pesadas.
  • Trabajos que supongan muchas horas en la misma posición.
  • Trabajos con horarios irregulares o excesivos.

Además, hay puestos de trabajos en los que se adjudica la baja laboral directamente tras conocerse la noticia del embarazo por los posibles riesgos. Entre ellos se encuentran: guardia civil, bombera, policía, cualquier ocupación relacionada con la aviación, empleos que impliquen contacto o exposición a sustancias tóxicas, etc.

Baja laboral en el embarazo por riesgos laborales

Los riesgos físicos y ergonómicos durante el embarazo hacen referencia a aquellos puestos de trabajo donde destaca la manipulación manual de cargas, existe inclinación, es necesario subir y bajar escalones, estar de pie o sentado demasiado tiempo, etc. En función de la intensidad de la carga, la frecuencia en la que tenga que hacer esa actividad, el tiempo de exposición o la distancia, se determinará la semana de embarazo a partir de la cual puede existir riesgo laboral.

Por ejemplo, si la embarazada tiene un puesto de trabajo que requiere levantar objetos entre 4 y 10 Kg durante más de 4 veces por cada hora, lo recomendable sería coger la baja laboral a partir de la semana 24 de embarazo si trabaja más de 5 horas al día o en la semana 28 de embarazo si trabaja de 3-5 horas al día. En cambio, si el peso de los objetos supera los 10 Kg, entonces la semana de embarazo en la que comenzaría el riesgo sería en 20 o en la 22 respectivamente.

Sin embargo, una secretaria con una actividad física ligera, podrá seguir trabajando hasta la semana 37 de embarazo aproximadamente o, en caso de ser un embarazo múltiple, hasta la semana 34 de gestación.

Además, habrá que tener en cuenta si el puerto de trabajo implica la exposición a radiaciones, vibraciones, temperatura y ruido.

Del mismo, hay ciertos agentes químicos y biológicos que también pueden interferir negativamente en el embarazo, provocando problemas en la salud de la madre y del feto. Por ejemplo, trabajos agrarios, trabajos en centros de producción de alimentos, trabajos de ámbito sanitario, trabajos en laboratorio, etc. son algunos de los puestos de empleo en los que la trabajadora embarazada estaría expuesta a diferentes agentes y sería necesaria la evaluación individualizada.

Embarazo de riesgo

Aunque el trabajo sea sencillo, no implica un esfuerzo físico adicional o no suponga un riesgo para la salud de la gestante y/o del futuro bebé, puede que el médico recomiende dejar de trabajar por considerar que se trata de un embarazo de alto riesgo.

Tal y como nos dice Silvia Azaña, embrióloga en Reproducción Asistida ORG:

Un embarazo de alto riesgo es un embarazo en el que hay un riesgo aumentado de que se produzca alguna complicación durante la gestación, por lo que requiere un mayor control.

Algunas de las situaciones que pueden llevar a esta determinación de gestación de riesgo son las siguientes:

  • Diabetes.
  • Cáncer.
  • Hipertensión.
  • Epilepsia.
  • Infecciones.
  • Edad materna avanzada.
  • Abortos previos.
  • Obesidad.
  • Amenaza de aborto.
  • Otros problemas de salud o enfermedades concretas.

El embarazo múltiple también puede ser una situación de riesgo por la que el médico recomiende la baja laboral antes de lo habitual. Aunque muchos embarazos gemelares transcurren con normalidad, el riesgo para la madre así como para la evolución fetal es mayor en comparación con una gestación única y, por tanto, puede que sea necesario realizar reposo.

En definitiva, cada embarazo es distinto. Por ello, el momento en el que la mujer es dada de baja por el embarazo puede variar, pero es fundamental seguir el consejo médico y las indicaciones establecidas para cada tipo de trabajo.

Preguntas de los usuarios

¿Durante la betaespera debo estar de baja laboral?

Por Silvia Azaña Gutiérrez (embrióloga).

Se trata de una decisión personal que va a depender de la situación de cada persona y del trabajo que realice.

De modo general, en el periodo de betaespera se debe hacer vida normal. No obstante, no es recomendable realizar grandes esfuerzos en la betaespera, por lo que, si el trabajo requiere algún tipo de actividad intensa, se debe consultar con el especialista sobre la conveniencia de la baja laboral.

Por otro lado, trabajar puede ayudar a la persona a mantenerse ocupada y a pensar menos en el resultado de la prueba de embarazo. Sin embargo, si el trabajo genera más estrés, pueden cogerse unos días libres para cuidarse y hacer otro tipo de actividades placenteras y que generen bienestar.
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¿Hasta qué semana de embarazo puedo trabajar si estoy 8 horas sentada?

Por Marta Barranquero Gómez (embrióloga).

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) junto con la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) establecen que en el caso de que la trabajadora embarazada tenga que estar más de 5 horas al día sentada sin cambiar de postura, a partir de la semana 33 de embarazo podría existir riesgo laboral.

Si tengo una amenaza de aborto, ¿me pueden dar la baja laboral?

Por Rebeca Reus (embrióloga).

Sí, pero las características de cada baja dependerán del riesgo que tenga cada paciente. Puede variar en función de los signos clínicos que se presenten y de la ocupación laboral que se desarrolle. Por tanto, será necesario que el ginecólogo estudie cada caso antes de tomar la decisión.

Lecturas recomendadas

Si te gustaría leer información más genérica acerca de consejos para sobrellevar el embarazo, te recomendamos visitar el siguiente artículo: Salud en el embarazo: alimentación, cuidados y posibles problemas.

Otra de las dudas habituales es si se puede viajar durante el embarazo o hasta qué momento. En este caso, te invitamos a leer este post: ¿Es seguro viajar estando embarazada? ¿Se puede volar?

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Bibliografía

Instituto Nacional de la Seguridad Social. Guía de ayuda para la valoración del riesgo laboral durante el embarazo. Tercera edición (Ver)

Mimmi Marie Torp, Camilla Sandal Sejbæk, Jens Peter Bonde, Charlotte Brauer, Luise Mølenberg Begtrup (Ver)

Ole Olsen, Jette A Clausen. Planned hospital birth compared with planned home birth for pregnant women at low risk of complications. Cochrane Database Syst Rev. 2023 Mar 8;3(3):CD000352 (Ver)

Thomas Certenais, Raphaëlle Teysseire, Ronan Garlantezec, Patrick Brochard, Guyguy Manangama, Fleur Delva. Biomechanical and organisational constraints of pregnant women at work: definition of exposure levels using a consensus method (Delphi) (Ver)

Preguntas de los usuarios: '¿Durante la betaespera debo estar de baja laboral?', '¿Hasta qué semana de embarazo puedo trabajar si estoy 8 horas sentada?' y 'Si tengo una amenaza de aborto, ¿me pueden dar la baja laboral?'.

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Autores y colaboradores

 Andrea  Rodrigo
Andrea Rodrigo
Embrióloga
Licenciada en Biotecnología por la Universidad Politécnica de Valencia (UPV) con Máster Universitario en Biotecnología de la Reproducción Humana Asistida, impartido por la Universidad de Valencia en colaboración con el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI). Postgrado de Experto en Genética Médica. Más sobre Andrea Rodrigo
 Marta Barranquero Gómez
Marta Barranquero Gómez
Embrióloga
Graduada en Bioquímica y Ciencias Biomédicas por la Universidad de Valencia (UV) y especializada en Reproducción Asistida por la Universidad de Alcalá de Henares (UAH) en colaboración con Ginefiv y en Genética Clínica por la Universidad de Alcalá de Henares (UAH). Más sobre Marta Barranquero Gómez
Número de colegiada: 3316-CV
 Rebeca Reus
Rebeca Reus
Embrióloga
Graduada en Biología Humana (Biomedicina) por la Universitat Pompeu Fabra (UPF), con Máster Oficial en Laboratorio de Análisis Clínicos por la UPF y Máster sobre la Base Teórica y Procedimientos de Laboratorio de Reproducción Asistida por la Universidad de Valencia (UV). Más sobre Rebeca Reus
 Silvia Azaña Gutiérrez
Silvia Azaña Gutiérrez
Embrióloga
Graduada en Biología Sanitaria por la Universidad de Alcalá y especializada en Genética Clínica por la misma universidad. Máster en Biotecnología de la Reproducción Humana Asistida por la Universidad de Valencia en colaboración con el Instituto Valenciano de Infertilidad (IVI). Más sobre Silvia Azaña Gutiérrez
Número de colegiada: 3435-CV

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